lunes, 16 de mayo de 2011

Bases legales de la protección civil

Bases legales de la protección civil


CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

(Según Gaceta Oficial, Nro. 36860, del 30.12.1999)
Art. 332. “…proteger a los ciudadanos y ciudadanas…, Organizará: …, Numeral 4, Una organización de protección civil y administración de desastres…”
Art. 55. “… derecho a la protección,… frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo…, la participación de los ciudadanos y ciudadana,…”
Art. 134. “... Numeral 1 Toda persona,… debe prestar los servicios civiles,… necesarios,… para hacer frente a situaciones de calamidad pública…”
Art. 156. “Es de la competencia del Poder Público Nacional: … Numeral 9, el régimen de la administración de riesgos y emergencias…”
Art. 178. “Son de la competencia del municipio… Numeral 4 Protección del ambiente,… y Protección Civil,…”
Art. 326. “La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil,…”
Art. 338. “…Podrá decretar los estados de excepción…, el estado de alarma cuando se produzca catástrofes, calamidades públicas,…, estado de conmoción interior o exterior”
Art. 339. “ … El Decreto, cumplirá con las exigencias, principios y garantías establecidos en el Pacto Internacional de derechos civiles y Políticos y en la convención Americana sobre derechos Humanos…”

LEY DE LA ORGANIZACIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES. (PCAD)

(Según Gaceta Oficial, Nro. 5557 Extraordinario, del 13.11.2001)
Art. 1. “… Regular la Organización, competencia, integración, coordinación y funcionamiento… en el ámbito nacional, estadal y municipal.”
Art. 3. “La Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres,… Planifica,…Promueve,… Diseña,…
Establece estrategias,… Fortalece,… e Integra las actividades inherentes a Protección Civil y Administración de Desastres.

LEY ORGÁNICA DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN

(Según Gaceta Oficial, Nro. 37594 del 18.12.2002)
Art. 23. En concordancia al Art. 332 de La Constitución
Art. 24. “El Sistema de Protección Civil se entenderá como una gestión social de riesgo,…”
Art. 25. “La gestión social de riesgo comprende,… los aspectos de prevención, preparación, mitigación, respuesta y recuperación ante eventos de orden natural técnico y social,…”

LEY DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA.

(Según Gaceta Oficial Nro. 37318 del 06.11.2001)
Art. 2. “Son órganos de seguridad ciudadana: … Numeral 6. La organización de protección civil y administración de desastres.”
Art. 15. “En los casos que la magnitud de la emergencia rebase la capacidad,… éstos notificarán a los órganos de administración de desastres,… donde la capacidad de respuesta local para atender eficazmente sus consecuencias…”

LEY ORGANICA SOBRE ESTADO DE EXCEPCIÓN

(Según Gaceta Oficial Nro. 37261 del 15.08.2001)
Art. 1. “… estado de alarma,… restablecer la normalidad en el menor tiempo posible.”
Art. 2. “Los estado de excepción son circunstancias,… que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos o de sus instituciones. Situaciones objetivas de suma gravedad que hagan insuficientes los medios ordinarios que dispone el Estado para afrontarlos”
Art. 7. “… lo establecido en el artículo 339, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 4 y 2 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y 27 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las garantías de los derechos a: Numeral 3ro. La Protección de la Familia. …”
Art. 13. “… el estado de conmoción interior,… que impliquen grandes perturbaciones del orden público interno y que signifiquen un notorio o inminente peligro para la estabilidad institucional, la convivencia ciudadana, la seguridad pública,….”

CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES Y PROGRAMAS.
MECANISMOS MULTILATERALES

· Programas de Mitigación de los Efectos de los Desastres Naturales y de Recuperación (PNUD)
· Marco Estratégico para la Prevención y Evaluación de las Emergencias, la Preparación y Respuesta para casos de
Emergencia y la Mitigación de sus consecuencias (PNUMA).
· Programa HABITAT, para los asentamientos humanos que incluye en su capitulo IV, Plan de Acción Mundial: denominado “Capacidad de Prevención de Desastres, Mitigación de sus efectos, Preparación para Casos de
Desastres y Rehabilitación Posterior”.
· Parlamento Mundial para la Paz y Seguridad Territorial.
CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES Y PROGRAMAS.
MECANISMOS REGIONALES.

· Proceso de ratificación del “Acuerdo entre los Países Miembros y Miembros Asociados de la Asociación de Estados
del Caribe en materia de Desastres Naturales”. (AEC).
· Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Documento “El Desafío de los Desastres Naturales en América Latina y
el Caribe: Plan de Acción.
· Comunidad Andina de Naciones (CAN), Creación del Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres
(CAPRADE), Fundamentado bajo el Programa Andino para la Prevención y Mitigación de Riesgos (PREANDINO).
Comentario de Rosalinda Garcia:


Al leer todo lo relacionado con los lineamientos lagales en protección civil nos damos cuenta que ellos estan perfectamente reglamentados dentro de los paramétros de nuestras leyes. Son una institución reconocida no solamente por nuestra carta magna como lo es nuestra constitucion, sino tambien por otras tantas que reconocen a este cuerpo de personas capacitadas como los entes requeridos ante una situación de desastre.
Son reconocidos como organos de la seguridad ciudadana y nosotros como participes de nuestra ciudadania sabemos que podemos contar con ellos y actuar junto a ellos en nuestras comunidades para estar preparados ante cualquier emergencia o desastre que se presente. Todos juntos en socialismo; Estado, instituciones y comunidad integrados y organizados echaremos este, nuestro pais, hacia delante!!!

                                  

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